SENIAT DEROGA LA PROVIDENCIA QUE DESIGNABA A FABRICANTES, PRODUCTORES ARTESANALES E IMPORTADORES DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS COMO AGENTES DE PERCEPCIÓN DEL IVA
Es derogada la Percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que aplicaban los fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas, al SENIAT publicar Providencia Administrativa SNAT/2022/000055 de fecha 05.09.2022, en Gaceta Oficial No. 42.473 de fecha 29.09.2022. En consecuencia, tales ex agentes de percepción, deberán enterar el IVA percibido antes de la derogatoria de la Providencia Administrativa SNAT/2015/0018 de fecha 24.02.2015, dentro del plazo establecido para la declaración del referido impuesto, según corresponda.
Recordemos que el 08 de Mayo de 2015 se había publicado en Gaceta Oficial la Providencia Administrativa SNAT/2015/0018 mediante la cual se designó como Agentes de Percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los Fabricantes, Productores Artesanales e Importadores de Bebidas Alcohólicas. El Agente de Percepción es la persona designada por la ley o por la Administración Tributaria previa autorización legal, que por su funciones públicas o privadas intervengan en actos u operaciones en la cuales deban efectuar la percepción del tributo correspondiente, según lo establece el artículo 27 del Código Orgánico Tributario, igualmente, prevista en el artículo 11 de la Ley de IVA la cual establece que la Administración Tributaria podrá designar como responsables del pago del impuesto que deba devengarse en las ventas posteriores, en calidad de agentes de percepción, a quienes por sus funciones públicas o privadas intervengan en operaciones gravadas con el impuesto.
Ante la derogatoria, los expendedores que posean inventario de bebidas alcohólicas con el IVA percibido, NO DEBEN INCLUIR EN LA FACTURACIÓN el referido IVA, hasta agotarse dicho inventario. No obstante, los fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas, ahora deberán declarar y pagar el IVA, de conformidad con lo establecido en la referida Ley, en virtud de la entrada inmediata en vigencia de la providencia en comento.
En ServicorpMV3 actuamos de conformidad a los nuevos cambios y siempre acordé a nuestro alcance, siendo ¡Tu Aliado Corporativo! en los objetivos que te propongas. El presente artículo informativo, despliega una descripción e interpretación general, no especifica, quedando a la disposición de atenderles para abordar el tema o cualquier duda o comentarios de interés conforme a las operaciones habituales que realizan y que tengan incidencia sobre la materia.
Saludos cordiales,
Aldrin Vásquez
Director General / Asesor
Servicios Corporativos MV3, C.A.
@servicorpmv3